REQUISITOS DE INGRESO
EMPRESAS SALTEÑAS
Para las empresas salteñas (Persona física o jurídica constituida en la provincia de Salta con domicilio fiscal en la misma provincia y la totalidad de sus socios radicados en Salta / Persona jurídica constituida en la provincia de Salta, con domicilio fiscal en la misma provincia y con participación de uno o más socios residentes en Salta con al menos 2 (dos) años de residencia y que en conjunto tengan una participación no menor al 30%.) los requisitos a enviar son los siguientes:
- Nota dirigida a la Comisión Directiva solicitando la afiliación con los antecedentes de la empresa y sus actividades en la provincia de Salta o Jujuy (Socios Casemi Jujuy).
- Ficha de inscripción
- Constancia de inscripción actualizada en DGR.
- Constancia de inscripción a AFIP.
- Acta constitutiva de la sociedad donde conste la composición societaria de la empresa (en el caso de unipersonal enviar DNI frente y dorso del títular de la misma)
- Último F.931
- DNI (frente y dorso) de todos los titulares
- Una vez aprobado el ingreso, se deberá abonar la Cuota de Inscripción + el Aporte de la CASA MINERA + la Cuota Mensual. Los valores son los siguientes:
– Categoría 1 (0-10 empleados): $ 90.000 + $ 180.000 + $30.000
– Categoría 2 (11-50 empleados): $ 135.000 + $360.000 + $ 60.000
– Categoría 3 (51 empleados en adelante): $ 180.000 + $ 540.000 + $ 90.000
Toda la documentación de acreditación deberá ser enviada por email a gerencia@capemisa.com.ar y será evaluada por la Comisión Directiva quién resolverá dentro de los treinta días el ingreso solicitado. CAPEMISA se reserva el ejercicio del derecho de admisión.
EMPRESAS DE OTRAS PROVINCIAS
Datos preliminares:
En virtud de los fines institucionales de CAPEMISA y, con el objetivo de establecer parámetros claros de evaluación, se considerarán como válidas las siguientes definiciones preliminares:
Empresa local:
- Persona física o jurídica constituida en la provincia de Salta con domicilio fiscal en la misma provincia y la totalidad de sus socios radicados en Salta ó
- Persona jurídica constituida en la provincia de Salta, con domicilio fiscal en la misma provincia y con participación de uno o más socios residentes en Salta con al menos 2 (dos) años de residencia y que en conjunto tengan una participación no menor al 30%.
Empresa no local:
- Toda aquella persona física o jurídica que esté constituida en otra provincia o país y no califique claramente como empresa local de acuerdo a lo indicado en el punto anterior.
- Mediante un esquema asociativo: Consistente en la implementación de un esquema asociativo entre la empresa no local aspirante y una empresa local socia de CAPEMISA de acuerdo a las siguientes premisas:
- Constitución de una UTE, en donde la empresa socia local deberá tener una participación no menor al 30%. Se acreditará mediante la presentación del acta de constitución de la UTE debidamente refrendada y registrada. La empresa que se inscribe como Socia es la UTE, no la empresa no local.
- La UTE mantendrá su condición de Socia de CAPEMISA hasta que haya finalizado el objeto de su constitución. En caso de disolverse el esquema asociativo implementado, es responsabilidad de la empresa socia local informar sobre esta situación a CAPEMISA.
- Por antigüedad y tributación: La empresa no local aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Domicilio legal en la provincia de Salta con antigüedad no menor a 2 (dos) años y asiento principal de sus negocios o actividad empresarial en la provincia.
- Contar con habilitación municipal e inscripción en DGR Salta.
8) Una vez aprobado el ingreso, se deberá abonar la Cuota de Inscripción + el Aporte de la CASA MINERA + la Cuota Mensual. Los valores son los siguientes:
– Categoría 1 (0-10 empleados): $ 180.000 + $ 180.000 + $30.000
– Categoría 2 (11-50 empleados): $ 270.000 + $360.000 + $ 60.000
– Categoría 3 (51 empleados en adelante): $ 360.000 + $ 540.000 + $ 90.000